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ORDEN de 11 de mayo de 2011, de los Departamentos de Educación, Cultura y Deporte y de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca el premio «Aragón Orientación Profesional» 2011 y sus bases reguladoras.

Publicado el 06/06/2011 (Nº 109)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Y DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1 como uno de los principios del sistema educativo español, la orientación educativa y profesional de los estudiantes.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en su artículo 3, que es uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, proporcionar a los interesados información y orientación adecuadas en materia de formación profesional y cualificaciones para el empleo.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en cumplimiento de estos mandatos legislativos, desarrolla actuaciones para proporcionar información y orientación profesional, al alumnado del sistema educativo, a las familias y a la sociedad en general.

La Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, en su artículo 2 señala que corresponde al Instituto Aragonés de Empleo las funciones de planificación, gestión y control de las políticas de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón. Constituyen política activa de empleo, entre otras, los programas y medidas de orientación profesional, tal como establece el artículo 23 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

El Decreto 157/2006, de 4 de julio, del Gobierno de Aragón, para la ordenación de los programas de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo y la regulación de los programas de inserción en el empleo («Boletín Oficial de Aragón» 14 de julio de 2006), señala en su artículo 9.1.d), que las acciones de información y orientación incluyen además de las acciones de orientación para el empleo, asistencia para el autoempleo e información profesional, aquellas otras acciones que relacionadas con el desarrollo de la orientación profesional, contribuyan a la mejora continua de las acciones de orientación.

En cumplimiento de dichas competencias se convoca de forma conjunta, entre el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Premio «Aragón Orientación Profesional» 2011 y sus bases reguladoras. Su financiación para el año 2011 es a cargo del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

El Decreto 1/2010, de 12 de enero, del Gobierno de Aragón habilita al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, para establecer las bases reguladoras para la concesión de premios de orientación y formación profesional, que se prevén en el Decreto 157/2006, de 4 de julio, del Gobierno de Aragón, para la ordenación de los programas de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.

El Decreto 125/2006, de 9 de mayo del Gobierno de Aragón, habilita a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, para establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de educación, cultura y deporte.

Por todo lo anterior, atendiendo a su especificidad y conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 11/2010, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2011, con el fin de realizar la convocatoria del Premio «Aragón Orientación Profesional» 2011 y sus bases reguladoras, y a propuesta de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo y de la Directora General de Educación Permanente y Formación Profesional, se dispone:

Primero.-Aprobar las bases reguladoras de la concesión del Premio «Aragón Orientación Profesional» 2011, y proceder a su convocatoria.

Segundo.-El importe económico se abonará con cargo al Presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del ejercicio 2011, aplicación presupuestaria 18020G/4226/48 0223/91002, hasta una cuantía máxima de 6.000 euros. La concesión de las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria, queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2011.

Tercero.-En cuanto al objeto, condiciones, finalidad, requisitos de participación, jurado, plazo de presentación de solicitudes, plazo de resolución y notificación, documentos que deben acompañar a la solicitud, criterios de valoración de los trabajos, se estará a lo dispuesto en las correspondientes bases reguladoras recogidas a continuación.

Cuarto.-Las solicitudes se presentarán según el modelo que se adjunta en el anexo I. Se presentará una única solicitud por cada trabajo presentado.

En el caso de participar un grupo de personas, según lo dispuesto en la Base segunda apartado c), se nombrará un coordinador, que será quien presente la solicitud. Cada uno de los miembros del grupo presentará el anexo II.

A la solicitud se acompañará un ejemplar del trabajo realizado en cualquier soporte material, al que en todo caso, se adjuntará una copia en soporte informático, así como la Ficha de Terceros que se adjunta a la presente convocatoria.

Quinto.-El plazo de presentación de solicitudes será del 1 de junio al 29 de julio de 2011, ambos inclusive. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación General de Aragón, sito en paseo María Agustín n.º 36, Edificio Pignatelli, de Zaragoza, o bien por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexto.-El plazo para resolver esta convocatoria y su notificación será de seis meses a computar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Séptimo.-Se faculta a la Directora General de Formación Profesional y Educación Permanente a dictar las resoluciones necesarias para la aplicación y ejecución de lo establecido en esta Orden.

Zaragoza, 11 de mayo de 2011.

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, ALBERTO LARRAZ VILETA

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA